miércoles, 21 de abril de 2010

PLAN DE DESARROLLO DE TV 2010-2013

PILARES DEL PLAN DE DESARROLLO 2010-2013
  • Promover el acceso universal al servicio de la televisión
  • Garantizar la calidad en los servicios de televisión
  • Crear condiciones institucionales para la competitividad de la industria de la televisión
  • Promover el desarrollo de la televisión educativa y cultural y la televisión de interés público prosucida por agentes del sector

CNTV

  • Ley 189 de 1995
  • TV CERRADA: 703 Prestarios del servicio distribuídos en 54 operadores de tv por suscripción cableada. 2 operadores por tv por suscripción satelital y 647 operadores de tv comunitaria.
  • TV ABIERTA: La red pública nacional cubre el 92% de la población, los canales privados Nacionales 86% y tv pública Regional el 79% (ENCUESRA DANE ENERO-MARZO 2009)

La población infantil es la que más ve televisión. El 82.5% de los niños de 5 a 11 años el 84,2% de los niños de 12 a 17 años (3,5 y 3,9 horas diarias de lunes a viernes) y (4,0 y 4,1 horas los fines de semana).

REGULACIÓN: RESPONSABILIDAD SOCIAL

De acuerdo con el Artículo 2 de la Ley 182 de 1995 la televisión tiene como finalidad:
Formar, educar, informar veraz y objetivamente y recrear de manera sana, lo cual se cumplirá en el marco de los siguientes principios:

• Imparcialidad en las informaciones.
• Separación entre opiniones e informaciones.
• Respeto al pluralismo político, religioso, social y cultural.
• Respeto a la honra, el buen nombre, la intimidad de las personas y a los derechos y libertades constitucionales.
• Protección de la juventud, la infancia y la familia.
• Respeto a los valores de igualdad.
• Preeminencia del interés público sobre el privado.
• Responsabilidad social de los medios de comunicación.
Es claro que el servicio de la televisión se debe ejercer bajo un precepto de responsabilidad social, porque los ciudadanos reciben una enorme influencia de este medio de comunicación. Cuando hace un poco más de 50 años en este país las únicas noticias eran las que producían la radio y la prensa escrita, el universo de los colombianos se reducía a nuestras regiones, pero hoy, cuando estamos a un clic de ver en directo a través de imágenes los acontecimientos de Colombia y el mundo, el espectro informativo se amplió, no en vano se habla de una aldea global, en la que ya la distancia geográfica se viene acortando con la facilidad de las telecomunicaciones.
Norbert Schneider, experto en comunicación y quien fuera director de los organismos reguladores de las estaciones de radio y televisión en Alemania, define así la responsabilidad social en televisión:
“La responsabilidad social es un concepto que tiene que ver con la inclusión de todos los segmentos de la población en la programación mediática para que, de esta forma,exista una representación social a través de los medios”11. Escuela de Periodismo, Universidad de Chile. http://www.periodismo.uchile.cl/noticias/2003/schneider.html.Búsqueda realizada el 12 de diciembre de 2009
POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL DE LA CNTV.
· POLÍTICAS DE RESPONSABILIDAD SOCIAL CON LA COMUNIDAD.

ARTÍCULO 29. COMPROMISO CON LA COMUNIDAD. La Comisión Nacional de Televisión CNTV se orientará hacia la prestación del servicio público de televisión con responsabilidad social que garantice el cumplimiento de los fines y principios del servicio, Independientemente de la tecnología utilizada para su prestación.

ARTÍCULO 30. INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN CON LA COMUNIDAD. Los estados e informes económicos, financieros, contables y de gestión presentados a los respectivos entes de regulación y control por la Entidad, así como cualquier otra Información sustancial, serán dados a conocer y estarán disponibles para la comunidad, la cual tiene derecho a Informarse permanentemente de todos los hechos que ocurran dentro de la Entidad y que no sean materia de reserva. De igual manera se publicarán los informes y recomendaciones que los órganos de regulación y control presenten a la Entidad respecto a su gestión y mejoramiento continuo. Los medios de Información que podrán utilizarse son, entre otros, el Área de Protección al Usuario, boletines, folletos, instrucciones administrativas, resoluciones, circulares, línea telefónica gratuita, correo electrónico, página Web y medios de comunicación en general.

ARTÍCULO 31. COMPROMISO CON LA RENDICIÓN DE CUENTAS. La Comisión Nacional de Televisión - CNTV se compromete a realizar una efectiva rendición de cuentas de manera periódica, con el objeto de informar a la ciudadanía sobre el proceso de avance y cumplimiento de las metas contenidas en el plan de desarrollo de la administración nacional, y de la forma como se está ejecutando el presupuesto de la Entidad.
El mecanismo preferente serán las audiencias públicas con el fin de que la actividad pueda llegar a todos los ciudadanos Interesados. Para el efecto se adoptará las medidas necesarias encaminadas a suministrar la Información necesaria dentro de los quince (15) días anteriores a la realización de la audiencia, a través de su sitio Web y demás medios de comunicación Institucional.

ARTÍCULO 32. ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS. A través de la línea de Atención al Ciudadano, y del Área de Atención al Ciudadano, la comunidad podrá presentar quejas, solicitudes, reclamaciones, consultas e informaciones referentes a la administración, a las cuales se les dará respuesta en los términos previstos por la ley; esta Área contará con un procedimiento claro y público para tramitar las quejas que se instauren; en ella reposará un ejemplar del Código de Buen Gobierno y del Código de ética para su consulta permanente por parte de todos los Interesados. Es un compromiso de la Comisión Nacional de Televisión - CNTV, hacer seguimiento a las quejas y redamos presentados por la ciudadanía, con el fin de mejorar continuamente y garantizar la satisfacción del ciudadano.

ARTÍCULO 33. CONTROL SOCIAL. La Comisión Nacional de Televisión - CNTV promoverá la participación de la ciudadanía, organizaciones sociales y comunitarias, usuarios y beneficiarlos, veedurías y comités de vigilancia, entre otros, para prevenir, racionalizar, proponer, acompañar, vigilar y controlar la gestión pública, sus resultados y la prestación de los servicios públicos suministrados por el Estado y los particulares, garantizando la gestión al servicio de la comunidad. Así mismo se compromete a facilitar de manera oportuna la información requerida por la ciudadanía para el ejercicio del control social.
Apoyo Grupos Étnicos. Apoyo a la creación del Canal Indígena de laComunidad Kankuamo en la Sierra Nevada de Santa Marta. Inicio del Proyectopara el Fortalecimiento de la producción Audiovisual étnica en convenio con elMinisterio de Cultura (Conformación de 6 duplas entre universidades y gruposétnicos). Estos proyectos han tenido el apoyo de canales regionales comoTelecaribe y Teveandina.

Apoyo a productores independientes. Convocatoria Doc Tv en conveniocon el Ministerio de Cultura. (Convocatorias regionales para realizadores dedocumentales). Inicio del proceso para el diseño de Premios a ProducciónIndependiente. Financiación de Categorías en Televisión educativa y TelevisiónComunitaria dentro de los premios India Catalina.

Apoyo al Tv Comunitaria. Se inició el diseño del proyecto paracapacitación a operadores de Televisión comunitaria y se adelanta la revisiónintegral de la regulación de esta modalidad que permitirá brindar apoyo a lascomunidades y lograr que estos sistemas cumplan con su verdadero objeto yfinalidad.

Formación del Televidente: Diagnóstico y Diseño de EstrategiaPedagógica para Educar las Emociones frente a la Televisión. (Con el Apoyo de elProfesor Antanas Mockus.) Y Mensajes Institucionales para el fomento de laTelevidencia Crítica

FUENTES
· http://www.cntv.org.co/cntv_bop/basedoc/resolucion/cntv/2008/resolucion_cntv_1523_2008.html

· http://www.cntv.org.co/cntv_bop/in_congreso/informe_08_semestre1.pdf

· http://www.cntv.org.co/cntv_bop/noticias/2009/febrero/17_02_09.html Búsqueda realizada el 18 de diciembre de 2009.
· http://www.cntv.org.co/cntv_bop/basedoc/arbol/2258.html

REGULACIÓN DESDE EL MARCO LEGAL ¿QUÉ REGULA?

LEY NÚMERO 182 DE 1995
"Por la cual se reglamenta el servicio de televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se conforma la comisión nacional de televisión, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestructuran entidades del sector y se dictan otras disposiciones en materia de telecomunicaciones".

CANALES : CANALES NACIONALES DE OPERACIÓN PRIVADA : DISPOSICIONES GENERALES
LEYES
LEY 1335 de 2009 - Disposiciones por medio de las cuales se previenen daños a la salud de los menores de edad, la población no fumadora y se estipulan políticas públicas para la prevención del consumo del tabaco y el abandono de la dependencia del tabaco del fumador y sus derivados en la población colombiana; Art. 14
LEY 1150 de 2007- Por medio de la cual se introducen medidas para la eficiencia y la transparencia en la Ley 80 de 1993, "por la cual se expide el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública" y se dictan otras disposiciones generales sobre la contratación con Recursos Públicos; Arts. 27, 32 Inc. 2o.
LEY 996 de 2005- Por medio de la cual se reglamenta la elección de Presidente de la República, de conformidad con el artículo 152 literal f) de la Constitución Política de Colombia, y de acuerdo con lo establecido en el Acto Legislativo 02 de 2004, y se dictan otras disposiciones; Arts. 22, 25, 26
LEY 982 de 2005 - Por la cual se establecen normas tendientes a la equiparación de oportunidades para las personas sordas y sordociegas y se dictan otras disposiciones; Arts. 13, 14, 16, 17
LEY 881 de 2004 - Por la cual se rinde homenaje al Artista Nacional; Art. 4o.
LEY 680 de 2001- Por la cual se reforman las Leyes 14 de 1991, 182 de 1995, 335 de 1996 y se dictan otras disposiciones en materia de Televisión; Arts. 1o., 4o.
LEY 506 de 1999- Por la cual se modifica el Artículo 58 de la Ley 182 de 1995, "por la cual se reglamenta el servicio de televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se conforma la Comisión Nacional de Televisión, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestructuran entidades del sector y se dictan otras disposiciones en materia de telecomunicaciones" - Prohibiciones para prestar el servicio
LEY 387 de 1997- Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia; Art. 19 Num. 13
LEY 361 de 1997- Por la cual se establecen mecanismos de integración social de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones; Arts. 66, 67
LEY 335 de 1996 - Por la cual se modifica parcialmente la Ley 14 de 1991 y la Ley 182 de 1995, se crea la televisión privada en Colombia y se dictan otras disposiciones; Arts. 5o., 12 Inc. 3o., 13, 16 Par. 2o., 20, 24 Num. 2o. Lit. b)
LEY 324 de 1996 - Por la cual se crean algunas normas a favor de la Población Sorda; Arts. 1o, 4o., 5o.
LEY 198 de 1995 - Por la cual se ordena la izada de la Bandera Nacional y colocación de los símbolos patrios en los establecimientos públicos y educativos, instalaciones militares y de policía y representaciones de Colombia en el exterior y se dictan otras disposiciones; Art. 8o.
LEY 182 de 1995 - Por la cual se reglamenta el servicio de televisión y se formulan políticas para su desarrollo, se democratiza el acceso a éste, se conforma la Comisión Nacional de Televisión, se promueven la industria y actividades de televisión, se establecen normas para contratación de los servicios, se reestructuran entidades del sector y se dictan otras disposiciones en materia de telecomunicaciones; Arts. 5o. Lits. c), e), g) e i); 22 Num. 2o. Lit. b), 29 Inc. 2o. y Par., 33, 34, 35, 36, 37 Num. 1o. y Par. 2o., 48, 52, 55, 56, 58, 62 Par. 2o.
LEY 30 de 1986- Por la cual se adopta el Estatuto Nacional de Estupefacientes y se dictan otras disposiciones; Art. 10
ACUERDOS
ACUERDO 4 de 2008 CNTV - Por el cual se derogan los artículos 4o, 5o y 6o del Acuerdo 01 de 2007, "por el cual se reglamenta el deber de informar a la teleaudiencia la parrilla de programación, y se dictan otras disposiciones para la protección de los derechos de los televidentes en los canales de televisión abierta y de programación de producción nacional en el servicio de televisión por suscripción"
ACUERDO 3 de 2008 CNTV- Por medio del cual se adopta el reglamento para la prórroga de los contratos de concesión de los canales nacionales de operación privada
ACUERDO 1 de 2008 CNTV- Por el cual se derogan los Acuerdos números 016 y 019 de 1997, y se expide una nueva reglamentación del Registro de Operadores Privados Comerciales del Servicio Público de Televisión en el Nivel de Cubrimiento Nacional y se dictan normas sobre evaluación, calificación, clasificación, inscripción y actualización en dicho Registro
ACUERDO 4 de 2007 CNTV - Por medio del cual se establece la obligación de señalizar la pertinencia de los contenidos en la parrilla de programación
ACUERDO 1 de 2007 CNTV- Por el cual se reglamenta el deber de informar a la teleaudiencia la parrilla de programación, y se dictan otras disposiciones para la protección de los derechos de los televidentes en los canales de televisión abierta y de programación de producción nacional en el servicio de televisión por suscripción
ACUERDO 9 de 2006 CNTV- Por el cual se reglamenta el servicio de televisión comunitaria cerrada sin ánimo de lucro prestado por las comunidades organizadas; Art. 25 Num. 10
ACUERDO 7 de 2006 CNTV - Por medio del cual se da cumplimiento al Artículo 18 de la Ley 814 de 2003 sobre porcentaje mínimo de emisión de Obras Cinematográficas Nacionales por el servicio público de televisión
ACUERDO 1 de 2006 CNTV- Por el cual se reglamenta la emisión de publicidad de bebidas con contenido alcohólico, cigarrillos y tabaco en los canales de televisión abierta, cerrada, satelital, y se dictan otras disposiciones
ACUERDO 2 de 2005 CNTV- Por medio del cual se modifica el Artículo 6o. del Acuerdo 23 de 1997, y se establecen condiciones para el otorgamiento de contratos de concesión para los canales de operación privada de ámbito nacional y local
ACUERDO 1 de 2004 CNTV - Por el cual se derogan unos artículos de los Acuerdos 006 de 1996 ("por medio del cual se establecen los requisitos para distribuir señales incidentales"), 014 ("por medio del cual se reglamenta el servicio de televisión por suscripción, se adopta el Plan de Promoción y Normalización de dicho servicio y se dictan otras disposiciones") y 024 de 1997 ("por el cual se reglamenta la prestación del servicio de televisión en las dos modalidades del nivel local, con y sin ánimo de lucro") y se dictan otras disposiciones; Art. 4o.
ACUERDO 5 de 2003 CNTV- Por el cual se definen y reglamentan los sistemas que garantizan el acceso de las personas con limitaciones auditivas al servicio público de televisión
ACUERDO 2 de 2003 CNTV - Por el cual se regula la explotación y operación del servicio público de televisión en la modalidad de televisión abierta, en los niveles de cubrimiento nacional, regional y local con ánimo de lucro, y se dictan otras disposiciones
ACUERDO 6 de 2002 CNTV - Por el cual se reglamentan las repeticiones de programación en el servicio de televisión abierta
ACUERDO 4 de 2002 CNTV - Por el cual se reglamenta el acceso al Canal de Interés Público por parte de los funcionarios y de los organismos del Estado; Art. 1o. Par.
ACUERDO 1 de 2002 CNTV - Por medio del cual se reglamenta el Fondo para el Desarrollo de la Televisión, el procedimiento para la asignación de recursos del Fondo y el Banco de Proyectos de la Comisión Nacional de Televisión; Art. 4o. Num. 2o.
ACUERDO 25 de 1997 CNTV- Por el cual se modifica parcialmente el Acuerdo No. 23 del 26 de junio de 1997, "por el cual se reglamentan las condiciones, requisitos, mecanismos y procedimientos de las licitaciones públicas para el otorgamiento de las concesiones para la operación y explotación de los Canales Nacionales de Operación Privada"
ACUERDO 24 de 1997 CNTV - Por el cual se reglamenta la prestación del servicio de televisión en las dos modalidades del nivel local, con y sin ánimo de lucro; Art. 23 Par. 2o. Inc. 2o.
ACUERDO 23 de 1997 CNTV - Por el cual se reglamentan las condiciones, requisitos, mecanismos y procedimientos de las licitaciones públicas para el otorgamiento de las concesiones para la operación y explotación de los Canales Nacionales de Operación Privada

viernes, 9 de abril de 2010

LOS NIÑOS Y LAS REGLAS DE RECEPCIÓN TELEVISIVA EN EL ÁMBITO

COMISIÓN NACIONAL DE TELEVISIÓN
Programa de Investigaciones Académicas sobre Televisión
RESUMEN ANALITICO DEL INFORME FINAL DE LA INVESTIGACIÓN:
LOS NIÑOS Y LAS REGLAS DE RECEPCIÓN TELEVISIVA EN EL ÁMBITO
DOMÉSTICO
Autores:
ASTROZ, Esperanza; CATAÑO, Mónica; RAMÍREZ, Clara; RODRIGUEZ, Adriana.
2004

En la investigación se destaca el hallazgo de tres modos básicos de desarrollar las televidencias: El modo de recepción vertical, la recepción televisiva en transición y la recepción democrática. En el primer modo de recepción televisiva se producen asimetrías notorias de poder en la familia frente a la pantalla. En él se generan los castigos más fuertes y las reglas más verticales. Los niños y las niñas bajo esta modalidad de recepción crean un repertorio amplio de formas de subversión de las reglas frente a las que sus padres y madres responden con nuevos castigos. En esta forma de recepción televisiva no se posibilita el diálogo y el disfrute de televisión se hace en medio de la angustia y la tensión.

En las formas de recepción en transición conviven las formas tradicionales y las democráticas. El manejo de las reglas de televidencias no se presenta tan preciso. Niños y niñas viven este proceso en medio de la incertidumbre. En ocasiones sus decisiones son tomadas por sus padres y sus madres como faltas menores, en otros momentos son fuertemente castigados. La recepción televisiva en transición posibilita de igual forma un establecimiento tenso de las relaciones entre hermanos y hermanas.

En las formas democráticas las reglas de la recepción televisiva se generan en consenso, a partir de un proceso de negociación. Los padres y las madres respetan la autonomía de niños y niñas. Los castigos y las presiones externas de los padres y las madres son mínimos. Las expresiones violentas características de los otros modos de recepción desaparecen. En este modo de recepción, la televisión es observada como una fuente de entretenimiento y no como una fuente de posibles de castigos.

En medio de estos modos de recepción se conjugan las otras reglas, las espaciales, las temporales y las accionales. Sobre ellas se destaca la preponderancia que para su configuración tiene la valoración del mundo escolar.

Dependiendo de las aspiraciones familiares sobre la escuela, de las concepciones sobre la educación, así mismo se ponen en ejecución unas reglas más laxas o más fuertes en el contexto de recepción televisiva. Los modos de recepción vertical, en transición y democráticos no tienen en principio una relación directa con los estratos ni el nivel educativo de los padres sino con las formas como se ha estructurado la familia y la manera como opera y se distribuye el poder en cada una de ellas. Se encuentran castigos físicos y formas verticales de poder en todos los estratos.

En las reglas temporales se manifiesta el establecimiento de tres tipos de regulación: Una regulación estricta, una regulación flexible y horarios desregularizados. Las reglas más estrictas, a las que se asocian desde luego los castigos más violentos son aplicados en casa cuando el desempeño escolar de los niños y de las niñas ha ido en descenso y por el contrario las familias en las que se registraron horarios desegularizados se presenta un alto rendimiento académico combinado con el visionaje televisivo.

Estas regulaciones a su vez se sustentan en la concepción que sobre los efectos de la televisión tienen padres y madres. Se encuentra una clara correspondencia entre formas fuertes de regulación y una mirada sobre la televisión negativa. La televisión es observada como la culpable de generar comportamientos de indisciplina en los niños, comportamientos agresivos o evasión de sus actividades académicas. En las familias en las que la regulación
se realiza de una manera más negociada la forma de percibir a la televisión se hace desde un discurso carente de culpas.

En las regulaciones espaciales se presentan dos formas básicas: las internas y las externas. En las internas las familias no han establecido límites ni estricciones precisas. La regulación interna del acceso al lugar en el que se produce la televidencia es débil. Por el contrario, en las familias entrevistadas aparecen restricciones externas de los contextos de recepción. Los niños y las niñas no pueden ver la televisión en otros lugares distintos a su propia casa. Se elabora una clara dicotomía entre el adentro y el afuera. El adentro percibido como el espacio y el afuera como el extraño, habitado por peligros.

Esta concepción del espacio entra en clara contradicción con la forma como los niños y las niñas asumen el disfrute de la televisión. Para ellos ver televisión es un acto social. En soledad ellos prefieren realizar otra serie de actividades diferentes a ver televisión.

Se destaca en las entrevistas el reclamo de todas las familias por una televisión más orientada hacia los programas educativos, culturales y científicos. En buena parte de estos hogares el acceso de los niños a los demás bienes culturales es tan restringido que sólo se cuenta con la televisión como un recurso para ampliar el espectro de sus conocimientos. Es por ello que, a pesar de las diferencias en los modos de recepción, cada una de las familias le reclama a la televisión un compromiso con la educación de los niños y niñas. Este reclamo también lo hacen ellos como televidentes en proceso de cualificación. De igual forma, a partir de las entrevistas se podría preguntar a la televisión misma cómo contribuir a generar formas democráticas de recepción para ir despojando este espacio, de angustia, de miedo y de los castigos violentos a los que son sometidos los niños y las niñas por asomarse a la pantalla.

jueves, 8 de abril de 2010

REGULACIÓN DE TELEVISIÓN

¿Qué es regulación?



Es la normativa se refiere al establecimiento de reglas o leyes, dentro de cualquier grupo u organización. Siempre son necesarias las reglas, leyes y políticas, debido a que debe existir un orden y común acuerdo de los integrantes de los grupos u organizaciones.



¿Quién regula la televisión en Colombia?


La Comisión Nacional de televisón (CNTV)

¿Qué es La Comisión Nacional de Televisión (CNTV)?

Es un organismo de derecho público con personería jurídica, autonomía administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a un régimen legal propio, para desarrollar y ejecutar los planes y programas del estado en el servicio público de televisión, así como también dirigir la política que en materia de televisión determine la ley, sin menoscabo de las libertades consagradas en la Constitución Nacional (Art 76 y 77).


¿Cuál es su misión?

La Comisión Nacional de Televisión es la entidad del Estado que en materia de televisión, planea, dirige y desarrolla las políticas; regula el servicio; gestiona el uso del espectro electromagnético; garantiza los derechos de televidentes y usuarios y los fines y principios del servicio, y promueve la competencia y la eficiencia en el sector.


¿Qué visión tiene la CNTV?

La Comisión Nacional de Televisión será reconocida como la entidad del Estado que impulsa el uso consciente y responsable de la televisión y sus contenidos, el acceso universal, el desarrollo tecnológico y la calidad del servicio público de televisión, garantiza los derechos de los televidentes y usuarios y propicia la dinámica del mercado y el desarrollo de la industria con responsabilidad social.

¿Cuál es el objetivos de la CNTV?

En concordancia con el mandato de los Artículos 76 y 77 de la Constitución Nacional y con los Artículos 3 y 4 de la Ley 182 de 1995, el objetivo general del Plan Estratégico es garantizar los derechos de televidentes y usuarios, promover audiencias críticas bajo esquemas participativos, dirigir la incorporación exitosa de la televisión colombiana en la era digital (TDT) y de la IpTV e impulsar un servicio público de televisión omprometido con el desarrollo del Estado Social de Derecho, la libertad, la paz, la equidad social y el reconocimiento de la diversidad.

¿Cuáles son sus Fines y principios?

Los fines del servicio de televisión, establecidos por el Artículo 2 de la Ley 182 de1995, son: formar, educar, informar veraz y objetivamente y recrear de manerasana, los cuales se cumplirán con arreglo a los siguientes principios:• Imparcialidad en las informaciones• Separación entre opiniones e informaciones• Respeto al pluralismo político, religioso, social y cultural• Respeto a la honra, el buen nombre, la intimidad de las personas y a losderechos y libertades constitucionales• Protección de la juventud, la infancia y la familia• Respeto a los valores de igualdad• Preeminencia del interés público sobre el privado• Responsabilidad social de los medios de comunicación.


¿Cuáles son sus Valores Corporativos?

Con miras a buscar la excelencia ética, los funcionarios de la CNTV han adoptado los siguientes valores, que se aplicarán para la ejecución del plan estratégico:

• COMPROMISO: Sentir y vivir como propio todo lo que afecta el cumplimiento de la misión y la visión de la entidad.

• EQUIDAD: Actuar justamente, sin parcialidad ni favoritismo.

• HONESTIDAD: Obrar con integridad.

• RESPETO: Aceptar a los demás como son, en razón de su dignidad y valorarlos como se merecen, sin discriminaciones.

• SERVICIO: Trabajar con disponibilidad y generosidad en el cumplimiento de las obligaciones.